SE DECRETA MEDIDA de Detención Preventiva para Asegurar la Comparecencia a la Audiencia Preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL y PORTE ILICITO DE ARMAS DE FUEGO previsto y sancionado en los artículos 405 y 277 del Código Penal Vigente al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA).