DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abogada RUDIMAR RODRIGUEZ ROSALES, Defensora Pública Sexta de la Unidad de Defensoria Pública del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en su carácter de defensora del imputado EDGAR ALEXANDER VILLARROEL GONZALEZ, y SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en fecha 05 de enero de 2004, en la causa seguida en contra de su defendido, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 407, en concordancia con el artículo 80, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE MANUEL MARTINEZ.
QUEDA ASI DECLA.....