PRIMERO: ADMITIR la presente acción de amparo constitucional incoada en fecha 04.01.2023 en contra del Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contra la profesional del derecho Glevis Chiquinquirá Rojas Rojas, en su carácter de Jueza adscrita al Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, así como del criterio vinculante por la Sentencia No. 1 de fecha 01.02.2000 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremote Justicia con ponencia de.....