Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por el ciudadano RONNY JESUS DUBEN GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.550.537. Así se Establece.
SEGUNDO: Se DECRETA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana ROSIRIA MARGARITA GONZALEZ, fallecida en fecha 03 de diciembre de 2011, titular de la Cédula de Identidad N: V-9.303.096, a sus hijos OMITIDO CONFORME A LA LEY, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 18.550.537, V-16.337.969, V-17.655.511, V-20.111.325, y V-24.765.963 respectivamente, dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese originales de las presentes actuaciones a la parte interesada, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archi.....