Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por, COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMACIÓN, fue interpuesto por la ciudadana ANGELICA CABAS VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.319.053, contra el ciudadano LUIS FUENMAYOR SANQUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.862.482; declara:
ÚNICO: SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMACIÓN incoada por la ciudadana ANGELICA CABAS VALERO contra el ciudadano LUIS FUENMAYOR SANQUIZ, en virtud de la inexistencia jurídica del título cambiario (Letra de Cambio) por incumplimiento del requisito esencial de forma contemplado en el artículo 410, ordinal 8° del Código de Comercio.
Se condena en costas a la parte demandante por ha.....