Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, en atención a la Sentencia No. 693/15 de fecha 02/06/2015 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por las apoderadas judiciales especiales Emelina Carrasquero Montes y Morela Claret Rincón Osorio, inscritas en el inpreabogado No. 34.567 y 51.927 respectivamente, actuando en nombre y representación de los ciudadanos MARIA ELENA FINOL MORALES Y GERARDO CALDERON VARGAS, titulares de la cedula de identidad No. V- 7.766.569 y V- 7.789.391, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Madrid, Reino de España, en consecuencia, se declara disuelto en divorcio el matrimonio que c.....