Por los fundamentos expuestos esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el abogado en ejercicio CARLOS HUMBERTO RAMONES NORIEGA, en su carácter de defensor privado del imputado JOSE GERALDO LAMEDA GONZALEZ, Titular de la cédula de identidad N° 19.016.307,
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 1196-16, de fecha 31 de Octubre del 2016, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo y remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente, al Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, a los fines legales c.....