Abandono del tramite y con ello EXTINGUIDA LA INSTANCIA por pérdida de interés que se le tutele el derecho en este Asunto referido a RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la ciudadana MARÍA JESÚS CASTRO CONTRERAS, en contra de la Providencia Administrativa signada CTSI Dictada por la Comisión Tripartita de Segunda Instancia Laboral para los Estados Zulia y Falcón del 03/11/1989, que declaró Con Lugar la apelación interpuesta en fecha 02 de octubre de 1989, que revocó la Providencia Administrativa dictada por la Comisión Tripartita Segunda de Primera Instancia del Estado Zulia en fecha 28 de septiembre de 1989 y se declaró Con Lugar la Solicitud de Reducción de Personal intentada por la entidad de trabajo TELEVISORES VENEZOLANOS, S.A. contra un grupo de trabajadores, entre ellos la accionante en nulidad, todos ya identificados.
No Procede la condenatoria en Costas, dada la naturaleza de lo decidido, en aplicación analógica de lo establecido en el artículo 283 del .....