PRIMERO: SE HOMOLOGA el acuerdo transaccional celebrado entre la parte demandante ciudadanos FRAXHOWUER SIERRALTA GONZÁLEZ, ANTHONY JOSUÉ ABSOLUTO NIÑO y ALEXIS SIMÓN CERRADA, y la Sociedad Mercantil INVERSIONES 768185, C.A, todos plenamente identificados en las actas procesales, pasándola en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE LOS CIUDADANOS FRAXHOWUER SIERRALTA GONZÁLEZ, ANTHONY JOSUÉ ABSOLUTO NIÑO y ALEXIS SIMÓN CERRADA, SOLO EN RELACIÓN CON LAS CODEMANDADAS las Sociedades Mercantiles MILLAN PIZZA, C.A., TOSCA PIZZA y OPERADORA P1, C.A., dándose por terminado la presente causa, con relación a estas.
TERCERO: SE ABSTIENE, de dar por terminado el presente asunto con relación a la co-codemandada la Sociedad Mercantil INVERSIONES 768185, C.A, hasta tanto conste en actas el cumplimiento de la obligación contraída con los ciudadanos FRAXHOWUER SIERRALTA GONZÁLEZ, ANTHONY JOSUÉ ABSOLUTO NIÑO y ALEXIS SIMÓN CERRADA.
TERCERO: NO HAY COND.....