Por lo antes expuesto, se concluye a la luz de la previsión contenida en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, REFORMA la resolución de fecha tres (03) de agosto del año 2010, en el sentido donde se lee: que abarcan una superficie de 2.244,62 Mts2, lo correcto es que abarcan una superficie de 3.030,28 Mts2, quedando vigente en los demás términos de la misma.-