Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INTANCIA EN FUCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Primero: DECLARA SIN LUGAR, la solicitud interpuesta la ciudadana Abogada CARMEN VIRGINIA CASTRO JAIMES, Defensora Pública Décima Cuarta Encargada Penal Ordinaria, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de Defensora del acusado RIGOBERTO SEGUNDO PARRA FERRER, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de homicidio CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en los artículos 406 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos Victimas quienes en vida respondiesen a los nombres de ARTURO GONZALEZ E ISIDRO GONZALEZ. Segundo: SE MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ref.....