Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: El Cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de la establecida en los ordinales 3° y 6° del artículo 256 del Código Organico Procesal Penal, decretada por este Tribunal en fecha 15-02-05, en contra del ciudadano JESÚS ERNESTO VILLALOBOS GOVEA. SEGUNDO: Acuerda el archivo de las actuaciones que conforman la presente Causa, signada con el N° 4C-1490-05. TERCERO: Notificar de lo resuelto a las partes involucradas en la presente causa. Se ofició bajo el N° 2731-05.-