Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión por DESALOJO incoada por la ciudadana GRACIELA DEL CARMEN AGUIRRE en contra de la ciudadana YOCCIREE DE LOS ANGELES CRUZ CARRIZO, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento verbal celebrado por las partes el día tres (3) de agosto de dos mil dos (2002).
SEGUNDO: Se condena a la demandada YOCCIREE DE LOS ANGELES CRUZ CARRIZO, a la desocupación y entrega libre de personas y bienes del inmueble constituido por una vivienda situada en la cañada Santa Alicia, casa sin numero, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos de esta ciudad de Ma.....