declara:
• CON LUGAR la solicitud de Divorcio por mutuo consentimiento realizada por los ciudadanos RICHARD JOSE MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.326.135, domiciliado en el municipio Lagunillas del estado Zulia y MARIA SALOME RUIZ ZAMBRANO DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.129.987, domiciliada en el municipio Lagunillas del estado Zulia, asistidos por las Abogadas en Ejercicio YURAIMA CHIQUINQUIRÁ MADRID PIÑA, MAILINY MARGARITA SALAS CASTILLO y LEXIMAR AMELIA GOMEZ GARCIA, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nos. 171.844, 188.732 y 180.616, respectivamente; en relación con los niños (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), de 11, 12 y 08 años de edad; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron ante la Jefa Civil de la parroquia Libertad del municipio Lagunillas del estado Zulia, tal como se evidencia en copia certificada del Registro Civil de M.....