Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se acuerda ajustada a derecho la aprehensión, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Decreta la Medida Cautelar Sustitutiva a La Privación Preventiva de Libertad, estipuladas en el ordinal 3° del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en: ORDINAL 3° Las Presentaciones Periódicas cada cuarenta y cinco (45) días por el Departamento de Alguacilazgo. DECLARANDO CON LUGAR EL PEDIMENTO FISCAL. TERCERO: Se mantienen las Medidas de Protección y Seguridad,.....