es por lo que esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana FRANCISCA RAMONA ZABALA, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.204.158, debidamente asistida por el Abogado RANDALL MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº67.438, en beneficio de su hijo IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana FRANCISCA RAMONA ZABALA antes identificada, para que en nombre y representación de su hijo IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, acudan ante el Aeropuerto Internacional General en Jefe Santiago Mariño del Estado Nueva Esparta o cual.....