En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el profesional del derecho EUDO MORALES, quien actúa con el carácter de Defensor Privado del ciudadano OMAR DE JESÚS GONZÁLEZ ALBARRÁN, en contra de la decisión dictada en fecha veintitrés (23) de Septiembre del año 2011, emitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual se decretó Medidas de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los ciudadanos HENRY ERWIN FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, OMAR DE JESÚS GONZÁLEZ ALBARRÁN y MARLON ALEXANDER RIVERO FIALLO, el primero de los nombrados, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA .....