Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana Profesional del Derecho LOURDES MARQUEZ DIAZ GRANADOS, apoderado de la parte demandada ciudadano RAFAEL MARUQEZ DIAZ GRANADOS, venezolano, mayor de edad, odontólogo, titular de la cédula de identidad N° 9.783.725, y de este mismo domicilio; y por vía de consecuencia SE CONFIRMA EN TODAS SUS PARTES, la sentencia definitiva de fecha 18 de julio de 2002 dictada por el Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante la cual Declaró PROCEDENTE la demanda que por COBRO DE BOLIVARES, presentó el Ciudadano LIBNY LEAL SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, casado, oficinista, titular de la cédula de .....