DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos RANDY JOSE OLIVARES GARCIAS y LUIS ENRIQUE PRIETO contra los Ciudadanos JORGE ANTUNEZ, JOSE JESU GONZALEZ, JOSE NAVA, WILMER VELASQUEZ, LEOBARDO PINEDA, GARYS GUTIERREZ, ERASMO PAZ, ESTELIO OLIVARES y EDGAR MANZANERO, en su carácter miembro de la Junta Directiva UNIÓN DE CONDUCTORES DE LA LINEA POR PUESTO PALMAREJO CABIMAS), por las razones expuestas en el presente fallo.-
SEGUNDO: Se ordena notificar con oficio del presente fallo definitivo al Fiscal del Ministerio Público del Municipio Cabimas del Estado Zulia correspondiente.-
TERCERO: Se exonera en costas a los presuntos agraviados dada la naturaleza de lo aquí decidido. .....