decide:
Inadmisible el presente recurso de amparo constitucional intentado por el abogado José Alexander Castro González, actuando como apoderado y representante legal de la Sociedad de Comercio Unidad Educativa Nuestra Señora del Camino,C.A. en su nombre y representación así como de los ciudadanos Dalmiro José Rivas Vásquez y Marelis del Carmen Vilchez Padron de rivas, en nombre propio y en beneficio de los menores de edad en etapa escolar, así como con el carácter de Presidente y Vicepresidente de la Sociedad Mercantil Unidad Educativa Nuestra Señora del Camino,C.A., presuntamente aún cuando no lo indica, contra el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contra el cual se pide la suspensión del procedimiento de ejecución de hipoteca intentada por el ciudadano Henry Guanipa Brizuela contra la Unidad Educativa Nuestra Señora del Camino,C.A.