DESISTIDO el recurso de apelación propuesto por la parte demandada en contra de la decisión apelada, a saber, la sentencia de fecha 28 de noviembre de 2017, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida, la cual se confirma. 2) PROCEDE LA CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES a la parte demandada recurrente de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.