PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos OTILIO RAMON MEDINA CHACON y MARIA DEL CARMEN CHOURIO ZAMBRANO, anteriormente identificados; en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
b) La obligación de manutención fue acordada por las partes en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo) mensuales.
c) El monto señalado será cancelado por el padre a la madre, a razón de DOSCIENTOS BOLVIARES (Bs. 200,oo) semanales, a cambio de recibos suscrito por la progenitora.
d) Para el inicio de la época escolar, el padre se compromete a cubrir la compra de útiles escolares para sus hijos.
e) El padre se compromete a cubrir el CI.....