Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR la demanda incoada por la parte actora ciudadano LENIN ADELSO PÉREZ PINEDA, en el juicio que por REIVINDICACIÓN intentara en contra de la ciudadana MARÍA DEL VALLE RIOS MORALES, igualmente identificada.
2.- SE ORDENA a la parte demandada HACER ENTREGA MATERIAL de las extensiones de terreno a la parte actora, las cuales se determinan de la siguiente manera: LA PRIMERA: DIEZ METROS (10 MTS) DE LATITUD POR VEINTICINCO METROS (25) DE LONGITUD, lo que hace una superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (250 Mts2) y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: con propiedad que es o fue de María Qlivia Carrero; SUR y ESTE: con propiedad que es o fue de David Morales Quintero; y OESTE: con su frente, .....