En merito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario del Estado Zulia y Falcón, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
DECLARA INADMISIBLE el RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, interpuesto por los abogados HECTOR GAMEZ ARRIETA Y GUALIA RIVERO MONTENEGRO, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, titulares de la cédulas de identidad No. 1.353.279 y 6.688.124, respectivamente, e inscritos en el inpreabogado bajo los No.2.169 y 35.290, domiciliados en Valencia Estado Carabobo, y de transito en esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, actuando en este acto como Apoderados Judiciales de la Sociedad de Comercio "PISCICULTURA ACUAFIN C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 09 de Junio de 1982, Bajo el No. 89 Tomo 65-A Pro, posteriorme.....