DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Se declara la confesión ficta de la demandada Sociedad Mercantil GUARDIANES CELTAS C.A. (GUARCELCA).
SEGUNDO: Con lugar la demanda intentada por el ciudadano OSWALDO GONZÁLEZ en contra de la Sociedad Mercantil GUARDIANES CELTAS C.A. (GUARCELCA).
TERCERO: Se condena a la Sociedad Mercantil GUARDIANES CELTAS C.A. (GUARCELCA), a pagar al ciudadano OSWALDO GONZÁLEZ, la cantidad de OCHO MIL CIENTO TRES BOLÍVARES CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 8.103,38), por los conceptos indicados en la parte motiva del presente fallo.
CUARTO: Se ordena el pago de los Intereses sobre la Prestación de Antigüedad previstos en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, cuyo monto se determinar.....