"..."El padre autoriza para que se le retenga de su sueldo, la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs 250,00) mensuales del sueldo que devenga en la Alcaldía del Municipio Mariño, la cual deberá ser depositado en la cuenta Mercantil que la madre abrirá a tal efecto . Así mismo, ambos padres se comprometen a comprar en el mes de septiembre las necesidades de útiles escolares y uniformes, el padre con respecto al niño, y la madre con respecto a la niña, de igual forma se hará en el mes de diciembre de cada año. En cuanto a los gastos por concepto de médicos y medicinas, los padres se comprometen cubrir el 50% de dichos gastos. Con respecto al Régimen de Convivencia Familiar, en tal sentido, la madre se compromete a llevar a los dos niños al hogar del padre los días sábados hasta el domingo, de manera intercalada...".