´Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por supletoriedad, y dejando a salvo los derechos de terceros, otorga TÍTULO SUPLETORIO a la sociedad civil con forma mercantil Agroganadera Villa Verde, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el 6 de septiembre de 2022, bajo el número 16, tomo 111-A, representada en este acto por el ciudadano Andrés Antonio Parra Espina, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 16.081.184,´