DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley en el presente juicio de NULIDAD DE VENTA incoado por la ciudadana NELLY DEL CARMEN ROBERTY DE MANZANO en contra de los ciudadanos TARCREDO ANTONIO MANZANO y FRANKLIN RAUL MANZANO, DECLARA:
1.) INADMISIBLE, la demanda de TERCERIA incoada por el ciudadano AVILIO ANTONIO ACOSTA ACOSTA en contra de los ciudadanos TARCREDO ANTONIO MANZANO y FRANKLIN RAUL MANZANO, identificados en actas.
2.-) No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, Notifíquese.