Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: ENTREDICHO DEFINITIVAMENTE al ciudadano MARCO JOSÉ ANTONIO MONTERO MANZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.647.946, y de este domicilio, en la INTERDICCIÓN incoada por la ciudadana YSABEL MARÍA MANZANO PADRÓN contra el ciudadano MARCO JOSÉ ANTONIO MONTERO MANZANO. En consecuencia se designa de conformidad con lo previsto en el artículo 399 del Código Civil, TUTORA DEFINITIVA a la ciudadana YSABEL MARÍA MANZANO PADRÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.014.288, y de este domicilio.
SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 27 d.....