En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano SABAH RAHAL KHOURI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.295.293, contra la entidad mercantil "IMPORTADORA GUARANI C.A.", sociedad mercantil de este domicilio e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 22 de octubre de 1982, bajo el Nº 295, tomo V, adicional 3. En consecuencia se condena a la demandada, entidad mercantil "IMPORTADORA GUARANI C.A.", a lo siguiente:
PRIMERO: Hacer entrega del inmueble subarrendado, constituido por el local comercial identificado con el Nº 4, del Centro Comercial La Chinita, ubicado en la calle Zamora, entre el Boulevard Guevara y la calle Mariño de la ciudad de Porlamar, jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, a la parte actora, totalmente desocupado de bienes muebles, cosas y p.....