Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 30 de abril de 2008, por la abogada NAILA ANDRADE RAMÍREZ, como apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 20 de febrero de 2008, dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, intentó el ciudadano NELSON LUBO CARMONA, en contra de los ciudadanos JOSÉ RAMÓN HERNÁNDEZ ROMERO y MARÍA VICTORIA OQUENDO LAMEDA, todos ya identificados.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, de fecha 20 de febre.....