SE ORDENA LA CESACIÓN de la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, contenida en el Artículo 624, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuesta al sancionado Joven IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, de veinte (20) años de edad, nacido en fecha diez (10) de Noviembre de 1985, titular de la Cedula de Identidad Número (SE OMITE), hijo de la ciudadana (SE OMITEN), domiciliado en (SE OMITE) Jurisdicción del municipio Cabimas, estado Zulia, y dado el cumplimiento de la referida medida, para la cual se estableció como fecha de culminación el día CUATRO (04) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS (2006), y en consecuencia, se decreta la LIBERTAD PLENA al joven antes nombrado;