V
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA EN SEDE CONSTITUCIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL que fuere incoada por el ciudadano JORGE LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.087.894; en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO RÍO TARRA; se declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio Jairo Felipe Lugo, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 42.907, quien actuare con el carácter de apoderado judicial de la parte querellante.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en fecha cinco (05) de junio de dos mil veinticinco (2025), y en cons.....