DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROSdel causante,MANUEL DAVID MEDINA ATENCIO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V.-1.696.923, fallecido en la Ciudad y Municipio Maracaibo, Estado Zulia, en fecha Dos (02) de Mayo de 2001, conforme se evidencia en el acta de defunción Nº 69, emanada por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Caracciolo Parra Perez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y quien en vida era legitimo progenitor de los ciudadanos:MANUEL ALEJANDRO MEDINA MORALES,venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V.-18......