PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta por la parte demandada recurrente C.A. CERVECERIA REGIONAL en contra de la de la decisión de fecha nueve (9) de mayo de 2019, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, mediante la cual declaró "CON LUGAR LA DEMANDA" incoada por el ciudadano JOSÉ GERARDO CONTRERAS ORTEGA, en contra de la referida Sociedad Mercantil. SEGUNDO: QUEDA FIRME LA DECISIÓN APALEDA. TERCERO: SE CONDENA AL PAGO DE COSTAS PROCESALES a la parte demandada recurrente del presente recurso de apelación, de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE y REGISTRESE.