Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por los Abogados en Ejercicio JESÚS VERGARA PEÑA, CARLOS PACHECO y LUIS APONTE CASTRO, inscritos bajo el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 12.390, 111.572 y 231.212, respectivamente, actuando en sus caracteres de defensores de confianza del ciudadano DENIS JOSÉ ANDRADE NUÑEZ, en contra de la Decisión de fecha 23 de enero de 2015, publicado el texto in extenso en fecha 26 de enero de 2015, bajo resolución No. 195-15, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y medidas con Competencia en delitos de Violencia Contra las Mujeres de la C.....