DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, conforme a los artículos 11 y 14 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Que en la demanda por Cobro de Bolívares (Procedimiento por Intimación) contenida en estos autos, propuesta por el ciudadano ISILIO RAMÓN URDANETA PARRA, titular de la cédula de identidad N°. V-5.832.452, sobre Instrumento Mercantil (Letra de Cambio), incoada en contra del ciudadano MIRKO DE JESÚS URDANETA FEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-12.099.348, se da por terminado el trámite y se ordena el archivo del expediente.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada del presente fallo.....