• INADMISIBLE la presente demanda de Inquisición de Paternidad, suscrita por la ciudadana JOSELYNE JOSEFINA PALMAR LOPEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 17.460.277, debidamente asistida por la abogada YAZMIN VÁSQUEZ, Defensora Publica Décima Sexta, en contra del ciudadano JHONATAN RINCON GUILLEN, titular de la cedula de identidad N° V- 14.207.186, en beneficio de la niña SE OMITE EL NOMBRE DEL NIÑO, NIÑA Y/O ADOLESCENTE SUJETO A PROTECCIÓN, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes..-