En el caso sub examine, la parte actora fundamenta su demanda en un documento privado, presuntamente firmado por el ciudadano EMIL GRASHO TASUB, y sellado por la sociedad mercantil CENTROS RESIDENCIALES LOS CACTUS, C.A., en la cual éstos se declaran deudores del demandado, pero al ser un documento privado que no está reconocido, ni se tiene aún por reconocido, no encuadra dentro de los documentos negociables que prevé el Legislador Adjetivo Civil para el decreto de una medida cautelar en los juicios por la vía intimatoria.