En el día hábil de hoy,8 de Julio de 2011, siendo las 11:46 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana ZOVEYDA DEL CARMEN HERRERA en su carácter de parte actora asistido por el apoderado judicial abogado Carlos Pino en su carácter de Procurador de Trabajadores y JANETH PIRELA en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial Ivonne Matos, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga a la demandante en este acto la cantidad de un mil seiscientos bolívares (Bs. 1.600,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.