Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRMERO Declara con lugar la solicitud del Fiscal 40º del Ministerio Publico De SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Por El Articulo 318 Ordinal 1° Del Código Orgánico Procesal Penal presentado como acto conclusivo de la investigación. SEGUNDO DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de EDGAR RAFAEL CORZO REINA, de nacionalidad Venezolano (Adquirida), natural de Codazzi, departamento Cesar, Colombia, de 47 años de edad, fecha de nacimiento 24-09-1962, titular de la cedula de identidad No. 25.489.981, de profesión u oficios latonero y pintor de Vehículos Automotores, soltero, hijo de LUCIDA REINA y RAFAEL CORZO, residenciado, calle 83 con Av.3Y, sector San Martín, detrás de la torre principal del Banco Banesco, casa No.87-03, Municipio Maracaibo d.....