En base a lo antes expuesto éste Juzgado UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO propuesta por la ciudadana KARLA ANDREINA URDANETA BOU FAKHREDDINE, para la rectificación de su acta de nacimiento, en consecuencia, se ordena rectificar el acta respectiva signada bajo el Nº 1388, libro 2-4 del año 1989, ante la actual Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el sentido siguiente: en su asiento, donde se lee por nombre: "...BOU-FAKHREDDINE...", debe leerse por nombre: "...BOU FAKHREDDINE ...", y donde se lee por fecha: "... 29 de Junio del año en curso...", debe leerse por fecha "...29 de Marzo del año en curso...".
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la acción.
Dé.....