En el día hábil de hoy,8 de Julio de 2008, siendo las 9:23 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano JOSE RAMON YANTIL ENRIQUE en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada Jenny Godoy en su carácter de Procuradora de Trabajadores y LUIS CHACON en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Guillermo Redondo, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada pagará a el demandante la cantidad de mil quinientos bolívares fuertes (Bs.F. 1.500,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.