PRIMERO: Le imparte su homologación al acuerdo transaccional presentado en fecha 06.06.2023, por el abogado CESAR GASTON SERRA CABRILES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.965, en su carácter de apoderado judicial de las Sociedades Mercantiles INVERSIONES TUBINGEN, C.A, INVERSIONES MARISMA, C.A y CORPORACION ROTEY, C.A por una parte y por la otra la ciudadana BLANCA MARIA LUCIANI MOLINA, identificada en autos, representada por el abogado ALEXANDER DIAZ GUZMAN, venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 9.994.323 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 50.373, conforme a lo dispuesto en el artículo 255 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente en su oportunidad.
SEGUNDO: Se ordena la suspensión de las medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar decretadas por éste Juzgado en 16.09.2021 y.....