Vista la anterior diligencia, suscrita por la ciudadana María Fernanda Moreno Chivico, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio José Godofredo Rojas, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 19.155, actuando con el carácter que tiene acreditado en autos, donde solicita la ejecución de la sentencia de fecha 11 de febrero de 2.016. Este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, le informa que aun no han transcurrido los días de despacho acordados en el cartel de Notificación consignado en fecha tres (03) de mayo de los corrientes, el cual corre inserto en el folio ciento cinco (105) del presente expediente, siendo así; mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandada, por tal motivo Se Niega lo solicitado. Y así se decide.-
ABG. MARY ROSA VIVENES VIVENES
LA JUEZA PROVISORIA
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