DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, decide:
1.) Se declara COMPETENTE para conocer de la demanda por RECLAMACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana OSMARI CAROLINA URDANETA, identificada con cédula de identidad N° V-16.366.803, asistida por los Abogados en ejercicio NORIMA CARRASQUERO y RAFAEL MELEAN PARRA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 105.867 y 5.786, en contra del ciudadano JUAN MANUEL BARBOZA, identificado con cédula de identidad N° V-15.985.247, a favor de sus hijas , ambas .-
2.) En relación a la pieza de medida fórmese expediente en cuaderno por separado, dándole la misma numeración de la pieza principal.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por Secretaría.-
Dada, firmada y sellada en el despacho del JUZGADO .....