Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, constituido en forma Unipersonal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara CULPABLE, y en consecuencia, CONDENA al acusado RAINIER ENRIQUE FALCON OVIEDO, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 08/10/79, soltero, de Profesión u Oficio Chofer, titular de Identidad V- 15.763.267, hijo MIROSLAVA FALCON (Fallecido) y EMIRO VARGAS (Fallecido), residenciado Barrio Los Olivos, punto de referencia Tasca Magali en la esquina de su casa, calle Yedra, casa s/n, Cabimas, Estado Zulia, como AUTOR de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 39 y 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en .....