Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoada por la ciudadana DAYSA TERESA CASTELLANO URDANETA en contra de la ciudadana LUZ MARINA GONZÁLEZ, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales; en consecuencia:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes, el día quince (15) de junio de dos mil cuatro (2004), ante la Notaría Pública Quinta de Maracaibo del Estado Zulia, quedando anotado bajo el Nº 65, tomo 85.
SEGUNDO: Se condena a la demandada LUZ MARINA GONZÁLEZ, a pagar la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.750.000,00), por concepto de cánones de arr.....