En virtud de la extinción de la acción penal que aquí se ha producido, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA INVESTIGACION que se le sigue al ciudadano: JAVIER RAMON GARCIA RAMIREZ anteriormente identificado, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, por considerarlo ajustado a derecho toda vez que se encuentran llenos los extremos del artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal y además que este Tribunal de Control esta autorizado a acordar el sobreseimiento, ante esta causa extintiva de la acción penal, ya que no considera necesario la celebración de una audiencia especial para oír a la víctima, para comprobarlo, tal como lo prevé el artículo 322 ejusdem.