DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción interpuesta por el Ciudadano MARCOS ANTONIO OLIVEROS GUERRERO contra la Empresa PRIDE INTERNATIONAL. por motivo de Accidente de Trabajo, en virtud de prosperar la defensa de fondo respecto a la Prescripción de la Acción opuesta por la empresa demandada.
SEGUNDO: Se condena en costas al ciudadano MARCOS ANTONIO OLIVEROS, por haber resultado totalmente vencido en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civ.....